miércoles, 1 de septiembre de 2010

Proyecto da al Ejecutivo control de las entidades de agua potable

El proyecto de Ley de Manejo Integral de Recursos Hídricos prevé que el Ministerio de Medio Ambiente y Agua controle a todas las empresas públicas, comunitarias y cooperativas o mixtas que proporcionan los servicios de agua potable y saneamiento en el país. Además, no toma en cuenta a la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Agua Potable y Saneamiento Básico (AAPS).

El planteamiento está contenido en el artículo 3 del proyecto, que confiere a esa cartera la potestad de “administrar los servicios básicos de agua potable y alcantarillado directamente o por medio de empresas públicas, comunitarias, cooperativas y mixtas”.

El presidente de la Comisión de Economía Plural de la Cámara de Diputados de la Asamblea Legislativa, Luis Alfaro, aseguró que el papel de este Ministerio será “más bien controlador” para velar que estas entidades cumplan la Constitución Política del Estado (CPE) y las leyes que rigen la materia.

“Todas las empresas deben someterse estrictamente a la Constitución, deben someterse a la soberanía, al control y a la fiscalización estatal”.

El documento no considera a la AAPS, que tiene esa responsabilidad, de acuerdo con la Ley del Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de 1999.

En la actual norma, la entidad encargada del control del sector es la AAPS, mientras que los ministerios de Medio Ambiente y Agua, Desarrollo Rural y de Planificación son encargados de ejecutar políticas para el sector hídrico.

Este proyecto, que aún no fue socializado con el Ministerio del área, es cuestionado por el viceministro del Agua, Felipe Quispe, porque no fue consensuado con los ministerios que tienen responsabilidad sobre el tema ni con otros sectores. “Si bien la Asamblea Legislativa tiene tuición para elaborar ésta y otras normas, tiene que hacerlo en coordinación con cada sector”.

Por el contrario, la autoridad propone que se redacte un proyecto de ley marco que “significaría una ley paraguas, de la que tendrían que salir otras leyes: para agua potable, para riego, aguas industriales o petroleras”.

La propuesta también plantea que esta cartera de Estado controle el régimen de licencias, registros y autorizaciones de recursos hídricos en sus estados superficial y subterráneo.

Actualmente, esta atribución corresponde, según la mencionada disposición legal, a la extinta Superintendencia de Saneamiento Básico, actualmente la AAPS.

Según el proyecto, el desarrollo de la estrategia nacional de recursos hídricos tiene el objetivo de crear los instrumentos necesarios para la gestión íntegra de este recurso natural, a través de un proceso consensuado sobre el que se elabore la política, estrategia y plan de acción.

El documento prevé la creación de dos organismos. El Consejo Técnico Social del Agua, que deberá coordinar actividades con la sociedad, y el Consejo Interinstitucional del Agua, para generar el relacionamiento entre el Estado, la sociedad civil y los agentes económicos y empresariales.

Se plantea, además, poner en marcha un programa nacional de cuencas que permita implementar una gestión sostenible y participativa de los recursos naturales con el fin de mejorar la calidad de vida y los ingresos de las comunidades asentadas en la cuencas hidrográficas y efectuar una gestión sostenible de los recursos hídricos.

El proyecto reconoce, además, el Programa Nacional de Cuencas, de Fortalecimiento de la Información del Sector Hídrico y de Lucha Contra la Desertificación, así como la Estrategia de Gestión Ambiental de Recursos Hídricos.

El Estado cobrará por el uso de pozos

El director ejecutivo de la Autoridad de Agua Potable y Saneamiento (AAPS), James Ávila, anunció ayer que en el plazo de un año se exigirá a las industrias y empresas pagar una tarifa a las prestadoras de servicios por el “autoconsumo de agua” que obtienen de pozos, según informó la agencia de noticias ANF.

La AAPS estableció que 30 millones de metros cúbicos del líquido no son regulados, por lo que emitió una resolución que dispone que las industrias y las prestadoras de servicio deben suscribir acuerdos que establecerán los volúmenes utilizados.

“Después de 10 años está saliendo una disposición regulatoria que busca controlar estos autoabastecimientos industriales. Es la parte crítica, pero es el primer paso para que empecemos a controlar la explotación de nuestros recursos hídricos”.

El funcionario estima que más de 100 empresas en todo el país se autoabastecen de agua de pozos, hecho que serán regulado con la nueva normativa emitida por la instancia reguladora. Ávila explicó que la empresa prestadora de servicios medirá la calidad del agua y los volúmenes, lo que se “traducirá en una tarifa”.

Atribuciones

a) Administrar los servicios básicos de agua potable y alcantarillado directamente o por medio de empresas públicas, comunitarias, cooperativas o mixtas.

b) Promover el uso y acceso al agua sobre la base de principios de solidaridad, complementariedad, reciprocidad, equidad, diversidad y sustentabilidad.

c) Establecer un régimen de licencias, registros y autorizaciones de recursos hídricos en sus estados superficiales y subterráneos que constituyen recursos finitos, vulnerables y estratégicos, los cuales no podrán ser objeto de apropiaciones privadas ni concesiones particulares.

d) Proteger y garantizar el uso prioritario del agua para la vida.

e) Gestionar, regular, proteger y planificar el uso adecuado y sustentable de los recursos hídricos, con participación social, garantizando el acceso al agua de todos sus habitantes.

f) Reconocer, respetar y proteger los usos y costumbres de las comunidades, de sus autoridades locales y de las organizaciones indígenas originaria campesinas sobre el derecho, el manejo y la gestión sustentable del agua.

g) Garantizar la conservación, protección, preservación, restauración, uso sustentable y gestión integral de: las aguas fósiles, glaciales, humedales, subterráneas, minerales, medicinales y otras prioritarias para el Estado.

h) Desarrollar planes de uso, conservación, manejo y aprovechamiento sustentable de las cuencas hidrocarburíferas.

i) Regular el manejo y gestión sustentable de los recursos hídricos y de las cuencas para riego, seguridad alimentaria.

j) Realizar estudios para la identificación de aguas fósiles y su consiguiente protección.

k) Evitar acciones en las nacientes y zonas intermedias de los ríos, lagos y lagunas.

l) Resguardar las aguas fronterizas y transfronterizas para conservar la riqueza hídrica.

Fuente: periódico "La Prensa" La Paz-Bolivia - 01/09/2010

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