El presidente de la Empresa Nacional de Electricidad (Ende), Eduardo Paz, aseguró que en cumplimiento de la normativa nacional, ejecutará una consulta previa para la realización de los proyectos hidroeléctricos eléctricos de El Bala y Chepete, anunciados por el gobierno.
“Estamos en un proceso de socialización y explicación a la sociedad, del proyecto. Todos los supuestos daños ambientales que va a haber, estarán determinados una vez se concluya el estudio a diseño final. Yo no trabajo sobre supuestos, trabajo sobre hechos concretos. Yo no ando diciendo qué es lo que va a pasar. Soy una persona seria. La Ley 1333 y los compromisos que tiene Bolivia a nivel internacional, establecen la socialización, la consulta pública y la consulta a los afectados una vez esté el diseño final”, dijo la autoridad, muy molesto por las informaciones a las que calificó de “infundadas”, que dan cuenta de un daño ambiental cuando se ejecute el proyecto.
El gobierno informó del estudio de identificación de los proyectos hidroeléctricos El Bala y Chepete con un potencial de cerca de 3.700 megavatios (MW). Estas hidroeléctricas se encuentran en el norte de La Paz. Para su construcción, se estima una inversión de $us 6.000 millones. El estudio preliminar considera 773 kms2 de los 29.773 kms2 que tiene el parque Madidi; es decir, 0,7%, según Paz.
El presidente de Ende señaló que ya se inició el proceso de socialización del proyecto en la población de Rurrenabaque (Beni) y continuará con ese trabajo hasta llegar a todos los afectados por la obra.
Las normativas
En lo que se refiere a los derechos indígenas en Bolivia, el artículo 30 de la Constitución Políitica del estado (CPE), establece que el sector tiene derecho a “ser consultados mediante procedimientos apropiados, y en particular a través de sus instituciones, cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles”
En ese marco, añade que “se respetará y garantizará el derecho a la consulta previa obligatoria, realizada por el Estado, de buena fe y concertada, respecto a la explotación de los recursos naturales no renovables en el territorio que habitan”.
El artículo 352 complementa que “la explotación de recursos naturales en determinado territorio, estará sujeta a un proceso de consulta a la población afectada, convocada por el Estado, que será libre, previa e informada”.
“Se garantiza la participación ciudadana en el proceso de gestión ambiental y se promoverá la conservación de los ecosistemas, de acuerdo con la Constitución y la ley. En las naciones y pueblos indígena originario campesinos, la consulta tendrá lugar respetando sus normas y procedimientos propios”, determina.
Fuente: periódico "El Deber"
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