lunes, 24 de agosto de 2015

Consulta previa, un paso constitucional

Según los especialistas la consulta previa, que tiene el respaldo de la Constitución Política del Estado (CPE) y de la Ley de Hidrocarburos, debe ser contemplada cada vez que se realice una actividad económica que de alguna manera altere la actividad diaria de los originarios que vivan en la zona.

Álvaro Ríos, exministro de Hidrocarburos, remarcó que la CPE es bien clara y establece que las empresas, sean privadas o del Estado, tienen la obligación de realizar una consulta previa, siempre y cuando las obras se desarrollen en Tierras Comunitarias de Origen (TCO).

Ríos remarcó que si bien se debe respetar la norma, esta no debe ser una traba para los proyectos de exploración hidrocarburífera que tanto necesita el país.

Similar criterio tuvo Marcelo Campero, analista petrolero, que sostuvo que fue el oficialismo el que insistió en incluir este requisito tanto en la Constitución como en la Ley de Hidrocarburos.

Campero señaló que la norma también habla de compensaciones, pero no define si deben ser en dinero o en obras.

Alejandro Almaraz, exviceministro de Tierras, sostuvo que la consulta no se refiere exclusivamente al tema territorial, sino a los efectos negativos que una actividad puede generar en los originarios, por lo que una interpretación solo de territorio es una visión sesgada.

Alcides Vadillo, director regional de Fundación Tierra, remarcó que la consulta previa es una obligación/ JCS.

Fuente: periódico "El Deber"

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