miércoles, 15 de octubre de 2014

30% del IDH irá a refugios para mujeres víctimas de violencia

El presidente Evo Morales promulgó ayer el Decreto Supremo 2145 que reglamenta la Ley Integral  348, para Garantizar a las Mujeres una Vida Libre de Violencia. La norma asegura recursos económicos para crear casas de acogida para  mujeres maltratadas y sus dependientes.  "Nos hemos tardado en la reglamentación correspondiente, felizmente cumplimos una de las responsabilidades de cómo el Estado asume su responsabilidad en el tema contra la violencia hacia las mujeres”, afirmó Morales ayer. El decreto reglamenta la Ley 348, de 9 de marzo de 2013,  y  establece mecanismos de prevención, atención, protección, reparación y recursos para su implementación. Con la norma, los gobiernos autónomos departamentales  podrán  usar los recursos provenientes del Impuesto Directo a los Hidrocarburos (IDH) asignados a la seguridad ciudadana para la construcción de las casas  y refugios de acogida.



"Los gobiernos autónomos departamentales usarán el 30% del total de los recursos del IDH  de seguridad ciudadana para la construcción y equipamiento de las casas de acogida y refugios temporales, para mujeres en situación de violencia y sus dependientes, durante la primera gestión fiscal siguiente a la publicación del presente Decreto”, dice el artículo 13 de la norma al que accedió Página Siete.
El decreto también establece que desde el segundo año, vale decir desde 2016, los gobiernos departamentales utilizarán el  10% del total de los recursos del IDH de seguridad ciudadana para mantenimiento y atención en las casas de acogida y refugio temporal para mujeres en situación de violencia y sus dependientes.
Para la  ministra de Justicia, Sandra   Gutiérrez,  la falta de recursos económicos era el pretexto para que muchos administradores de justicia no   apliquen le ley. "Ahora con la promulgación del decreto no habrá pretexto para que no se aplique”, dijo.
La norma también establece los diferentes tipos de violencia que no constituyen delitos, pero pueden denunciarse para que sean  investigados y sancionados  por la vía administrativa.  Entre ellos están: violencia mediática,  contra los derechos reproductivos,  contra el derecho a la salud y la libertad sexual; violencia laboral, psicológica, contra la dignidad, la honra y el nombre.
En el acto realizado ayer en Palacio Quemado,  Morales afirmó que la violencia contra las mujeres es un problema estructural, el cual debe erradicarse con  educación,  no sólo en las aulas, sino también en las familias.
  

 Según la representante del Centro de Información y Desarrollo de la Mujer (CIDEM), Mary Marca, en Bolivia desde 2009, fecha en que se inició un registro de feminicidios, hasta el 30 de septiembre de éste año en Bolivia se registraron 585 casos de feminicidios. "La mayoría está aún sin sentencia”, dijo.
Faltas y  sanciones
Faltas y contravenciones  Las contravenciones de violencia contra las mujeres que no constituyan delitos deberán ser denunciadas, investigadas y sancionadas por la vía administrativa, conforme a la legislación vigente.
Faltas  Constituyen faltas de violencia contra las mujeres, los siguientes actos y omisiones:
a)  La publicación y difusión de mensajes e imágenes estereotipadas que promuevan la sumisión de las mujeres o hagan uso sexista de su imagen como parte de  violencia mediática, simbólica y/o encubierta.
b)  Las agresiones verbales, denegación de acceso al servicio o maltrato por motivos discriminatorios, maltrato e incumplimiento de deberes como parte de la violencia contra los derechos reproductivos, el derecho a la salud .
c)  El acoso laboral y la violencia laboral serán denunciados ante el Ministerio de Trabajo y Empleo. La discriminación a través de agresiones verbales o maltrato e incumplimiento de deberes ante la  institución donde se  produjo el hecho.
d)  Las agresiones verbales, denegación injustificada de acceso al servicio o maltrato psicológico serán denunciado ante la institución donde se produjo el hecho.
Crean el Sippase que registrará casos de violencia
El Decreto Supremo 2145 que reglamenta la Ley 348, que garantiza a las mujeres una vida libre de violencia, crea el Sistema Integral Plurinacional de Prevención , Atención, Sanción y Erradicación de la Violencia en Razón de Género (Sippase), que  monitoreará  denuncias y emitirá certificados de antecedentes de violencia contra las mujeres.
El artículo cuatro del decreto establece que el Sippase será una institución dependiente del Ministerio de Justicia, el cual reorganizará    todo el sistema de atención integral a las mujeres en situación de violencia.
Además administrará  la información de los servicios públicos y privados sobre hechos de violencia en razón de género.
Asimismo, indica que esta instancia podrá elaborar el Registro Único de Violencia y emitirá certificados de antecedentes en violencia contra las mujeres.
El decreto también menciona que según los datos que se obtenga sobre violencia contra la mujer, el Ministerio de Justicia podrá declarar alerta contra  la violencia en el ámbito nacional a través de una resolución ministerial, en ese caso se incrementarán recursos en prevención.
Tras la promulgación de la reglamentación, la representante de Mujeres Creando, María Galindo, manifestó a ERBOL que dicho decreto se realizó al margen de su colectivo y que "fue promulgada al calor de la politiquería, usando el tema de la  violencia en contra de las mujeres”.
Fuente: periódico "La Razón"

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