viernes, 11 de agosto de 2017

MINERÍA: Adecuación ignora realidad de minería chica en Bolivia

La Cámara Nacional de Minería manifestó que el proceso de adecuación de la Ley 535 no se acomoda a las condiciones en las cuales se desenvuelve la minería chica en Bolivia.
“Confrontamos varios problemas que obstaculizan la adecuación a la norma”, dijo a EL DIARIO, el presidente de la entidad privada, Sergio Andrade. Ante esa situación demandó del Estado un fondo de ayuda, aunque reconoció que no existen recursos en el Gobierno para apoyar a este importante sector de la economía.
El presidente de la Comibol, José Pimentel, admitió esta situación en un reciente conversatorio auspiciado por la Fundación Jubileo, al señalar que el proceso de adecuación exige de los titulares de los derechos mineros un plan de trabajo, asimismo un programa de exploración y de inversiones, con requisitos muy difíciles de cumplir.
Andrade aclaró que las actividades del sector tienen carácter casi artesanal, donde muy pocas cooperativas cuentan con maquinaria, lo que es propio de la minería mediana, que en el país se cuenta entre 17 a 20 empresas.
LICENCIA AMBIENTAL
Andrade dijo también que, en parte, algunos aspectos fueron allanados con las autoridades, pero insistió que persisten problemas relativos a la licencia ambiental por los tiempos que demanda su tramitación en el Ministerio de Medio Ambiente y Agua, el cual demora generalmente entre tres a cuatro años.
Según los datos de la entidad, el 30 por ciento del total de concesiones mineras corresponderían al sector, cuyos afiliados trabajan en los departamentos de Potosí, Oruro y La Paz, además de Uyuni y Uncía.
ADVERTENCIA
La Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera (AJAM) advirtió ayer que, en cumplimiento del artículo 186 de la Ley 535, el titular de derecho minero que no presente su solicitud de adecuación en el plazo de seis meses, dentro del grupo que le corresponda o que no cumpla con el procedimiento establecido por norma, perderá el derecho a adecuarse y el área se revertirá al dominio del Estado.
Para dar curso a la norma, la AJAM publicó en la Gaceta Minera Especial las listas de áreas y titulares de derechos mineros clasificados en cinco grupos para su adecuación a la Ley 535 de Minería y Metalurgia.
CONTRATOS
Los derechos mineros sujetos a adecuación son las Autorizaciones Transitorias Especiales (ATE), los contratos de arrendamiento minero suscritos con la Comibol, los  contratos administrativos transitorios de arrendamiento minero suscritos con la ex autoridad general Jurisdiccional Administrativa Minera (Agjam), las actividades aisladas de concentración, fundición, beneficio o refinación con anterioridad al Reglamento de Adecuación de Derechos Mineros.
El director ejecutivo de la AJAM, Erick Ariñez, resaltó que la finalidad de la publicación de las listas es la clasificación a un determinado grupo, por lo que su contrastación, verificación y validación con los registro se realizará durante la atención de los trámites.
CLASIFICACIÓN POR GRUPOS
Los grupos fueron clasificados en cinco; el primero que fue de adecuación rápida se cumplió del 24 de enero al 24 de julio, período en el cual los titulares que presentaron su solicitud de intención de adecuación rápida con solo la presentación de todos sus requisitos.
El segundo grupo es de adecuación directa, para que los titulares de derechos mineros presentar su solicitud de adecuación del 14 de agosto al 13 de febrero de 2018; el tercer grupo comprende a la adecuación regular que comprenderá del 14 de febrero de 2018 al 13 de agosto del mismo año.
El cuarto grupo de adecuación especial se realizará del 14 de agosto de 2018 al 13 de febrero de 2019; y el quinto, que comprende las áreas observadas en el catastro minero, deben presentar su solicitud de adecuación del 14 de febrero de 2019 al 13 de agosto de 2019.
Fuente: periódico "El Diario"

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