"La ANH viene trabajando en la implementación de puestos de venta de GLP fijos, tanto en zonas urbanas como rurales”, informó la directora de Comercialización de Derivados y Gas Natural, Lucy Cusilayme, en respuesta a un cuestionario enviado por Página Siete.
Se venderá GLP bajo esta modalidad tanto en el área urbana como rural, con el fin de garantizar el abastecimiento en el mercado interno. La disposición se implantará en una norma, que actualmente es elaborada por la reguladora, en la que se fijarán horarios de venta, la parte logística y otros detalles.
"La ANH precautela la seguridad de los usuarios de GLP, por ello recomienda a las tiendas de barrio o de abasto no comercializar estos cilindros. Les recuerda que los cilindros no pueden conservarse en un sistema cerrado; los ambientes de almacenamiento deben tener ventilación. Tampoco pueden estar bajo el sol por muchas horas”, recomendó.
Según Cusilayme, el GLP es "altamente inflamable”, por lo que una chispa de energía o fuego puede generar una explosión poniendo en riesgo la integridad de las personas de la tienda y su infraestructura.
En días pasados, los dueños de la tiendas y abarrotes denunciaron a una emisora local que la ANH tomó una determinación "draconiana”, al emitir una norma que impone sanciones a los propietarios de tiendas que expendan garrafas de gas. Las penas van desde dos a cuatro años de cárcel y el decomiso de la tienda.
En la ANH enfatizaron que está prohibido que las empresas distribuidoras de GLP entreguen garrafas a las tiendas de abasto, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5 del Decreto Supremo 28380, de octubre de 2005.
En el caso de que se incurra en dicha infracción, se sanciona a la repartidora con una multa equivalente a cinco días de comisión calculada sobre el volumen comercializado en el último mes.
Si hay reincidencia se aplica una multa equivalente a 10 días de comisión calculada sobre el volumen comercializado en el último mes. En una tercera infracción se revoca la licencia o autorización de operación de la empresa distribuidora, establece la norma.
Asimismo, el artículo 4 del decreto dispone que las plantas distribuidoras deberán realizar la comercialización "únicamente” a consumidores finales, conforme a las normas técnicas y de seguridad previstas en la respectiva reglamentación. Es decir, mediante el sistema de camiones que recorren todos los barrios.
Nuevos horarios
Paralelamente, desde el pasado lunes 11, la ANH instruyó a YPFB y las plantas de GLP que amplíen el horario de distribución y comercialización. Los camiones de GLP entregan el producto desde las 6:00 (horario no laboral).
En caso de ser necesario, se volverá a ajustar los horarios.
Además, con el fin de asegurar que el carburante llegue al consumidor final de manera programada, desde el 22 de mayo próximo, la ANH aplicará un cronograma de control, es decir que técnicos acompañarán los camiones de GLP para que se distribuya en el día y en los horarios programados.
Decomisos
Entre enero y abril pasado, el ente regulador, en total, decomisó 2.000 garrafas de GLP y 180 mil litros de combustible en todo el país.
El director de la Dirección de Operaciones de Interdicción de Hidrocarburos, dependiente de la ANH, Jaime Cuéllar, explicó que muchos de los decomisos fueron efectuados en las zonas fronterizas, por lo que se presume que se pretendía llevar el combustible a las redes de contrabando.
En el departamento de La Paz, cada día se comercializan 45.000 garrafas de GLP, según el informe oficial.
Durante el primer cuatrimestre de este año, la distribución y comercialización de GLP sumó un total de 12,9 millones de garrafas de 10 kilos (ver cuadro).
En todo el país, la demanda del energético es de 102.000 garrafas por día y la comercialización llega a 110.000 balones.
La Paz, Santa Cruz y Cochabamba son los departamentos de mayor consumo de este combustible.
Punto de vista
Álvaro Ríos
Exministro de Hidrocarburos
"En otros países, las distribuidoras tienen bodegas”
En la mayoría de los países, el precio del gas licuado de petróleo (GLP) no es regulado y compite con otros energéticos y las empresas que hacen el servicio de distribución tienen bodegas de almacenamiento con adecuación técnica y conforme a norma, en el que los usuarios pueden ir a recoger sus garrafas y botellones y estas distribuidoras cobran por ese servicio. Varios países como Perú, Chile y otros tienen este esquema.
Es decir que al estar los precios no regulados, los servicios se cobran por distribución, almacenamiento de los servicios con bajo costo y competencia.
Álvaro Ríos
Exministro de Hidrocarburos
"En otros países, las distribuidoras tienen bodegas”
En la mayoría de los países, el precio del gas licuado de petróleo (GLP) no es regulado y compite con otros energéticos y las empresas que hacen el servicio de distribución tienen bodegas de almacenamiento con adecuación técnica y conforme a norma, en el que los usuarios pueden ir a recoger sus garrafas y botellones y estas distribuidoras cobran por ese servicio. Varios países como Perú, Chile y otros tienen este esquema.
Es decir que al estar los precios no regulados, los servicios se cobran por distribución, almacenamiento de los servicios con bajo costo y competencia.
La distribución
Abastecimiento La distribución y comercialización del gas licuado de petróleo (GLP) en Argentina se realiza en puntos fijos; lo mismo ocurre en Brasil. En Chile, la distribución del GLP está a cargo de empresas privadas y en ese caso los usuarios llaman a la empresas para que éstas envíen la garrafa a su domicilio en camiones pequeños. El pago se lo puede hacer con tarjeta de crédito, de débito o al contado. Además, las garrafas tienen contenido de GLP de 5, 10 y 15 kilos.
Permiso En Bolivia, la distribución y la comercialización de GLP son autorizadas por la ANH, según el Reglamento de Construcción para la Operación de Plantas Distribuidoras de GLP, aprobado por el Decreto Supremo 24721, de julio de 1997. La reguladora, de manera mensual, asigna y reasigna áreas de distribución a las plantas distribuidoras de GLP en el país.
Permiso En Bolivia, la distribución y la comercialización de GLP son autorizadas por la ANH, según el Reglamento de Construcción para la Operación de Plantas Distribuidoras de GLP, aprobado por el Decreto Supremo 24721, de julio de 1997. La reguladora, de manera mensual, asigna y reasigna áreas de distribución a las plantas distribuidoras de GLP en el país.
Fuente: periódico "Página Siete"
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