El Ministerio de Hidrocarburos y Energía (MHE), en el marco de la política de protección de derechos de los usuarios y consumidores de los sectores hidrocarburos y electricidad, promovió la aprobación de una nueva normativa que establece mecanismos de protección para los usuarios y proporciona mayores beneficios a la ciudadanía.
El Decreto Supremo (DS) N°2337, además garantiza la provisión de los servicios básicos de electricidad, gas domiciliario, Gas Natural Vehicular (GNV), Gas Licuado de Petróleo (GLP), informó el ministro de Hidrocarburos y Energía, Luis Alberto Sánchez.
La nueva norma pretende adecuar la normativa sectorial de hidrocarburos y electricidad sobre la protección de los derechos de los usuarios y consumidores y los procedimientos de reclamación, que pueden ser de tres formas: directos, administrativos y recurso de Revisión, a la Ley N° 453.
La normativa fue elaborada por el MHE, en coordinación con la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH), la Autoridad de Electricidad (AE), Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB), Empresa Nacional de Electricidad (ENDE), el Viceministerio de Defensa del Consumidor y representantes de algunas empresas operadoras del sector eléctrico.
Los servicios básicos que cubre el reglamento son los prestados por los operadores de distribución de energía eléctrica, comercialización de hidrocarburos líquidos, GLP, GNV, distribución de gas natural por redes, conversiones a GNV y otros.
Fuente: periódico "Cambio"
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