lunes, 21 de febrero de 2011

Ley de Hidrocarburos definirá contratos de operación

El mecanismo de adecuación de los Contratos de Operación Petrolera a la Constitución Política del Estado será establecido en la nueva Ley de Hidrocarburos, asegura el ministro del ramo, José Luis Gutiérrez.
Aun cuando los actuales contratos sean equivalentes a los de servicio, igual los documentos suscritos el 2006 y aprobados por leyes el 2007 especifican que son Contratos de Operación, según informe de ANF.
En cuanto a la modificación o el mecanismo para la adecuación de los 44 contratos suscritos por doce petroleras en octubre del 2006, a raíz del Decreto Supremo 28701, de nacionalización que estableció la migración hacia una nueva modalidad en la relación Estado-petroleras.

Para la nueva alteración, el Ministro dijo que cuando se toque el tema de los contratos en la nueva Ley de Hidrocarburos “tenemos que ver en qué va a consistir el contrato de servicios”.

En ese marco, “puede ser que tenga su homologación con el contrato de operación, pero eso es la parte legal que va a señalar”, explicó la autoridad.

CUMPLIMIENTO INSOSLAYABLE

La Constitución Política del Estado, vigente desde el 2009, establece y manda firmar Contratos de Servicios, por lo tanto, “por cuestión de forma, incluso, el contrato de operación tiene que convertirse en contrato de servicios”.

La autoridad recordó que el artículo 362 de la Ley de Leyes ordena la firma de contratos de servicios para la ejecución de tareas en la cadena productiva de los hidrocarburos.

El inciso I del artículo 362 señala: “Se autoriza a YPFB suscribir contratos, bajo el régimen de prestación de servicios, con empresas públicas, mixtas o privadas, bolivianas o extranjeras, para que dichas empresas a su nombre y en su representación, realicen determinadas actividades de la cadena productiva a cambio de una retribución o pago por sus servicios”.

En días precedentes, el presidente interino de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos, Carlos Villegas, aseguró que las petroleras que están operando en el país, con contratos de operación, son servidoras de la estatal.

“Si es su equivalente, bueno habrá que esclarecer en la forma legal que corresponda”, remarcó el Ministro al puntualizar la conversión que debe efectuarse “porque así manda la Constitución Política del Estado, de tal manera que hay que cumplir”.

La Carta Magna “es clara y dice se firmarán contratos de servicios, ahora lo que sí tenemos que ver son esos contratos de servicio que pueden ser un equivalente a los contratos de operación”, dijo al reiterar que los documentos especifican “operación”.

Fuente: periódico "El Diario" La Paz-Bolivia - 21/02/2011

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