lunes, 17 de abril de 2017

LICENCIA AMBIENTAL: Ablandan norma para exploración de hidrocarburos

Al menos tres tipos de actividades para la exploración hidrocarburífera en diferentes fases no requieren de consulta previa y obtienen directamente una licencia ambiental al ser consideradas menos invasivas y con impactos ambientales menos significativos, según la última normativa que data de noviembre de 2016. 

Según el nuevo decreto en vigencia, la geología de superficie, las prospecciones geofísicas y geoquímicas de superficie no tendrían impacto ambiental significativo.
El Decreto Supremo 2992 de noviembre de 2016 modifica la lista de actividades que forman parte de la categoría cuatro del Reglamento de Prevención y Control Ambiental que no requieren de un proceso de consulta para que las empresas procedan con la actividad exploratoria en los bloques hidrocarburíferas del país.
Según la norma, la geología de superficie, las prospecciones geofísicas y las prospecciones geoquímicas de superficie son actividades “menos invasivas y con impactos ambientales menos significativos” y obtienen directamente el certificado de dispensación cuatro, una licencia ambiental sencilla.
“Lo que hace el decreto es flexibilizar algunas fases de la exploración sísmica, fases que no son definitivas, es decir (…) no te determinan la cantidad y potencial de un yacimiento petrolero, sólo da indicios e información geológica”, explicó el investigador del Centro de Documentación e Información de Bolivia (Cedib), Jorge Campanini.
Mapeos
La geología de superficie incluye actividades como el reconocimiento superficial, el mapeo de la geología regional, geología de detalle, levantamiento de columnas geológicas superficiales y la recolección de muestras de roca.
En tanto, las prospecciones geofísicas comprenden actividades como la gravimetría, la magnetometría, la geoeléctrica, magnetotelúrico, radar de penetración de superficie, radiometría, aerogravimetría y análisis de emisiones electromagnéticas. Las prospecciones geoquímicas incluyen actividades como la geoquímica superficial de dos tipos. Campanini indicó que, si bien el impacto ambiental no es el mismo que se genera a través de la sísmica 2D, la norma permite que las empresas ingresen a los territorios porque no se requiere consulta y ya se cuenta con una licencia ambiental.
“Es criticable que el interés sectorial hidrocarburífero pueda modificar y alterar la normativa ambiental no sólo en este caso, sino cuando han modificado el reglamento ambiental, cuando han abierto las áreas protegidas”, advirtió.
El Decreto Supremo 2992, en su artículo seis, señala que en el caso de las reservas naturales no está permitida la realización de actividades hidrocarburíferas de exploración en categorías de Santuario y Monumento Natural.
REVELAN AVANCE LENTO EN LA EXPLORACIÓN PETROLERA
El especialista en hidrocarburos de la Fundación Jubileo, Raúl Velásquez, indicó que la exploración petrolera es lenta.
“Lo ideal es que la actividad exploratoria acompañe el ritmo de la explotación que tenemos. Si hemos incrementado la producción en un 50 por ciento, lo ideal es que la exploración también avance en ese ritmo”, indicó.  
Según la declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas, se debe realizar un proceso de consulta previa en antes de aprobar cualquier proyecto que afecte a sus tierras y territorios.
En tanto, el ministro de Hidrocarburos, Luis Sánchez, informó que se realizará la perforación del pozo exploratorio Boyuy X2 en el campo Margarita en junio y la perforación del nuevo pozo exploratorio Jaguar X1 dentro del área de Huacareta en 2018.
Sobre Huacareta, dijo: “después de las actividades de procesamiento e interpretación dentro del área altamente prospectiva, se ha identificado la ubicación del pozo que se lo ha denominado Jaguar X1, por lo que podremos iniciar la perforación los primeros meses del 2018”.
Fuente: periódico "Los Tiempos"

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